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El Secretario General de la OEA Dr. José Miguel Insulza |
El pasado viernes 03 el Secretario General de la OEA, Dr. José Miguel Insulza dictó una conferencia en el prestigioso Curso de Derecho Internacional que anualmente realiza el Comité Jurídico Interamericano en Río de Janeiro. En ella abordó el tema de la Carta Democrática a la que considera un instrumento más promocional y preventivo que punitivo. El conferencista destacó la importancia de la Carta como texto que robustece la doctrina democrática que la OEA viene proclamando desde su creación. “La Carta Democrática es una declaración y no un tratado. Sin embargo, posee un valor moral innegable. Es probablemente el más importante de los instrumentos con que contamos para el desarrollo de la democracia”, afirmó el Secretario General.
Luego de señalar la naturaleza jurídica de la Carta, el Dr. Insulza se refirió a algunos de los avances de la misma para la conceptualización de la democracia. Así, aludió a la taxonomía consagrada en dicho texto que nos permite ir más allá de la noción formal de democracia representativa. “En la Carta se consagran la Ciudadanía Política, la Ciudadanía Civil y la Ciudadanía Social”. Si bien la Carta no establece que los derechos sociales son esenciales para la democracia, sí plantea de manera muy clara la interdependencia entre democracia y desarrollo. “No cabe duda de que los problemas de América Latina, en particular, tienen que ver con la dificultad de desarrollar la democracia en el contexto de grandes desigualdades”. El Secretario General se apoyó en una cita del ex-presidente Fernando Henrique Cardoso: “Brasil no es un país pobre. Es un país injusto”. Así es toda América Latina, añadió el Dr. Insulza.
Al referirse a la aplicación de la Carta Democrática, el Secretario General de la OEA no eludió las dificultades de interpretación que plantea la referida Declaración: “¿Cuándo se aplica la Carta? Sabemos que la Carta debe aplicarse cuando ocurra alguna alteración de la democracia y de los regímenes constitucionales, pero ¿cuándo estamos en presencia de esas alteraciones? Es evidente que cada caso debe ser evaluado y calificado, partiendo siempre del supuesto de que no hay democracias perfectas”. No toda violación a reglas de la democracia puede dar lugar a una aplicación de la Carta. Debe tratarse de una “violación sistemática”. Recordó, en tal sentido, el carácter más promocional que punitivo de la Carta Democrática.
Varios temas relativos a la interpretación de normas de la Carta (¿cuándo hay violación sistemática de la democracia? ¿qué se entiende por “gobiernos”? ¿incluye esta expresión a poderes públicos distintos al Ejecutivo?) dejó sobre el auditorio el Secretario General de la OEA. Corresponde ahora al Comité Jurídico Interamericano emitir su opinión al respecto.
Acompañaron al Dr. Insulza en su conferencia los miembros del CJI, encabezados por su presidente Jean-Paul Hubert. En el público se encontraba el ex Secretario General de la OEA, Joao Clemente Baena Soares.